Reorganización Empresarial
¿Cualquier empresa se puede solicitar un proceso de reorganización?
Si, sin embargo, la Ley 1116 de 2006 contempla excepciones, particularmente para las
empresas prestadoras de servicios de salud, como lo son IPS, ESP etc.
¿En qué momento me puede declarar en Insolvencia?
Cuando tengan dos más acreencias o deudas, con dos o mas acreedores y que estas tengan un
vencimiento mayor a 90 días, o dos o más procesos ejecutivos y a su vez que estas deudas superen
el 10% del total del pasivo.
¿Todas las deudas de una compañía pueden ingresar al proceso de Reorganización Empresarial?
Si, exceptuando los aportes al sistema de seguridad social, retenciones de carácter
obligatorio y Leasing.
¿Si ya tengo embargadas mi cuentas y dineros retenidos, es posible que me regresen los dineros retenidos y desembargas las cuentas?
Si, a través del proceso de Reorganización Empresarial logramos el desembargo de las
cuentas y la devolución de los dineros retenidos, lo anterior como parte de la recuperación de la
compañía.
¿Si mi empresa es admitida al proceso de reorganización, puede seguir con su operación normal?
Si, el objetivo del proceso de Reorganización es que la compañía siga con operación logre su
recuperación de manera que siga generando empleo y pague sus deudas.
¿Puedo pedir devolución de impuestos estando en Reorganización?
Si, hace parte de la recuperación de la empresa.
¿Puedo licitar estando en Reorganización Empresarial?
Si, para contrataciones públicas y privadas
Insolvencia Persona Natural
¿Es posible disminuir el valor de mis créditos, sin necesidad de refinanciar con los bancos?
Si, a través de la Ley de Insolvencia de persona natural se logran excelentes acuerdos en
tiempo y en el valor de las cuotas, se puede lograr pagar solamente el capital de los créditos.
¿Puedo evitar que me embarguen mis bienes, cuando presente mora en mis créditos?
Si, la Ley de Insolvencia detiene cualquier proceso de cobro de manera que evita los
embargos.
¿Qué tipos de deudas puedo llevar al proceso de Insolvencia?
Todo tipo de créditos, tarjetas de crédito, crédito de vehículo, crédito de estudiantil, créditos
de libranza, créditos hipotecarios y todas las obligaciones como arriendos, pensiones
estudiantilles, cuotas de administración, servicios públicos, etc.
¿Cuándo me puedo declarar en Insolvencia?
Cuando tenga dos a más obligaciones con dos o más acreedores diferentes y que están
tengan un vencimiento mayor a 90 días, adicionalmente deben representar mas del 50% del total
de las deudas.
Ley de Vivienda
¿Para quien aplica este beneficio?
Este beneficio de reducción de crédito hipotecario, aplica para usuarios de crédito de vivienda o
leasing habitacional con entidades bancarias, que quieran pagar su casa o apartamento en
menos tiempo y que puedan incrementar su cuota al menos en un valor mínimo.
¿En cuales ciudades aplica este beneficio?
El beneficio de reducción de crédito hipotecario Aplica en todo el territorio nacional
¿Para que bancos aplica este beneficio?
Aplica únicamente para los bancos DAVIVIENDA, CAJA SOCIAL, BANCOLOMBIA, COLPATRIA, AV
VILLAS, BOGOTÁ, HELM LEASING, FNA FONDO NACIONAL DEL AHORRO, LA HIPOTECARIA Y
CREDIFAMILIA.
¿El valor de la cuota de mi crédito va a aumentar?
Si, pero ese incremento NO tendrá que ver con pago de intereses, únicamente a capital. Usted puede
incrementar su cuota desde $ 70.000 y este valor extra se irá 100% a capital; de esta manera se agota
el saldo de capital en menos tiempo y los meses o incluso años de ahorro conllevan un interés que
ya no se va a pagar. Tenga en cuenta que mientras más pueda incrementar más rápido pagará el
crédito y mayor ahorro en intereses obtendrá.
¿Si estoy terminando de pagar mi credito puedo acogerme al beneficio?
Dado que la mayoría de intereses se causan al comienzo de los créditos este beneficio es más
favorable para créditos que no hayan superado el 60% del plazo pactado.
¿Aplica para crédito hipotecario de vivienda nueva o usada?
Si, Aplica para vivienda nueva y usada.
¿Debo cambiar de banco para acogerse a este beneficio?
No, nosotros gestionamos directamente con su banco la reducción de su crédito hipotecario.
¿Puedo acogerme a este beneficio si mi crédito es en UVR?
Si, puede acogerse con su crédito en UVR o PESOS.
¿Puedo obtener beneficios si mi crédito cuenta con el subsidio a la tasa frech
otorgado por el gobierno?
Incluso con este subsidio puede obtener mejoras en su crédito.
¿Puedo obtener este beneficio si me encuentro con algún reporte ante las centrales
de riesgo?
Si. Incluso con este beneficio puede dar una mejor perspectiva financiera ante los bancos,
puesto que pagará más rápido su crédito hipotecario.